Cambios ortográficos de letra (2)
A continuación mostramos la tabla de las irregularidades ortográficas de cambio de letra, que hemos dividido en tres secciones:
— La primera sección (‘cuándo’) muestra las condiciones necesarias que han de darse en el infinitivo de un verbo para que se produzca la irregularidad. Para esto hay que tener en consideración la conjugación a la que pertenece el verbo y la letra por la que termina la raíz del verbo.
— La segunda sección (‘qué’) explica los cambios que se deben realizar en la última letra de la raíz del verbo en determinadas formas de la conjugación para obtener la misma pronunciación. Los cambios que se pueden realizar son dos: por sustitución, o por eliminación de algún elemento.
— La tercera sección (‘dónde’) indica las formas de la conjugación que sufren los cambios, es decir, se exponen las personas, los tiempos y los modos afectados por la regla de irregularidad. Como vimos en la sección anterior, las formas verbales implicadas en las reglas de irregularidad no son aleatorias sino que siguen un comportamiento ordenado que se corresponde con un patrón de irregularidad determinado (d ei, d ao, i a).
Sólo con las vocales ’e’, ’i’.
Salvo extranjerismos: ej. quadrívium.
Por motivos pedagógicos hemos incluido en las irregularidades ortográficas a los verbos que sustituyen ‘c’ por ‘zc’ (yo nazco) en los verbos terminados en -acer, -ecer, -nocer y -ucir.
Son irregularidades morfológicas.
(1) Mantener la ‘c’, en los verbos terminados en ‘-scer’.
(2) Cambiar la ‘c’ por ‘zc’, aplicada a los verbos terminados en ‘-acer’, ‘-ecer’ [excepto mecer], ‘-nocer’ y -ucir’.
(3) Los verbos hacer [facer] y decir con comportamiento especial por ser verbos magníficos.
(4) Cambiar ‘c’ por ‘z’, aplicada al resto de los verbos.
